La discapacidad propone un nuevo destino para las herencias que recibe el Estado: ¿Qué tal los programas de autonomía personal?
ago
2009

El movimiento asociativo ha propuesto al Gobierno y a los Grupos Parlamentarios una modificación del Código Civil para que las herencias que recibe el Estado se destinen en su integridad a acciones y programas de promoción de la autonomía personal desarrollados por entidades del tercer sector no lucrativo.
“Según prevé nuestro Código Civil en su artículo 956, cuando una persona fallece sin haber hecho testamento y sin tener herederos legales, es el Estado el que recibe esos bienes, que tienen que se dedicados a fines diversos, unos sociales y otros de amortización de la deuda pública”, aclara en nota de prensa el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).
A juicio del Cermi, esta regulación, que procede del siglo XIX, ha quedado obsoleta, y debería modificarse para que todos los recursos que obtenga el Estado por esta vía de los abintestatos se dediquen a acciones de autonomía personal y atención a la dependencia, como la gran demanda social de este momento.
La reforma busca evitar la dispersión de fondos que se produce con la actual regulación y la concentración en un único fin social, la promoción de la autonomía personal.
Para el Cermi, además de ser mas eficaces en la atención a las necesidades sociales, se habilitaría uno nuevo medio de financiación para el Sistema para la Autonomía Atención a la Dependencia establecido por la Ley 39/2006.




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Comentario by jplanas — 05/08/09 @ 17:58