Presentado el Informe de Derechos Humanos y Discapacidad 2008 del CERMI

01
oct
2009

Aprobade el Informe de Derechos Humanos y Discapacidad 2008 del CERMI

El Comité Ejecutivo del CERMI ha aprobado el ‘Informe de Derechos Humanos y Discapacidad 2008′, elaborado para dar a conocer las vulneraciones que presenta este sector social con el fin de eliminarlas y poder restituir los derechos a estas personas, tal y como establece la Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad. El Informe, escrito por la delegada del CERMI para la de la ONU para los Derechos de las Personas con Discapacidad, Ana Sastre, pone de manifiesto los déficits en materia de accesibilidad, recursos o educación, así como la existencia aún de prejuicios sociales que provocan la vulneración de muchos derechos fundamentales de las personas con discapacidad. Según el texto, “muchos de los casos relatados se han solucionado, o están en vías de hacerlo, antes de emprender acciones administrativas o judiciales, lo que refleja que las discriminaciones son en muchas ocasiones fruto del desconocimiento y de los prejuicios sociales”. El documento recoge algunas contradicciones normativas que vulneran los derechos de las personas con discapacidad. Se hace alusión al Código Penal, donde se contempla el supuesto de poder abortar si el feto tiene “graves taras físicas o psíquicas”. El Informe argumenta al respecto que “implícitamente esta disposición normativa considera la vida de una persona con discapacidad como menos valiosa que la de un niño sin discapacidad al no protegerlos de la misma forma”. También se cuestionan los internamientos forzosos, en tanto que vulneran el derecho de libertad de la persona como recurso para el grupo de población con enfermedad mental. “En muchas ocasiones ni siquiera son escuchados y se les aplican procedimientos penales sin diagnosticar su enfermedad, provocándoles daños irreparables”. Asimismo, el CERMI recuerda que la defensa del derecho a la familia es una de las prioridades que recoge la , haciendo especial hincapié en el sistema de apoyos que debe habilitarse al efecto. “La Ley de Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia establece recursos importantes para desarrollar este derecho, pero ni permite al usuario elegir los apoyos que más se adecuen a su situación, ni extiende las del asistente personal a todas las personas con discapacidad”, argumentan desde el CERMI en un comunicado de prensa.

Es “necesario” actualizar el concepto de discapacidad

La reformulación del concepto de discapacidad es otro de los temas aludidos. Al respecto dice que “se trata de un concepto flexible, que se debe actualizar y va encaminado a designar el resultado de que existan barreras que impiden el desarrollo de determinados derechos”. La actualización de los servicios y herramientas administrativas también deben modificarse para adecuarse a las necesidades de un sector de la sociedad cada vez más integrado, según este documento. Los ámbitos educativo, laboral o sanitario también se abordan en el Informe desde la perspectiva de la discapacidad por entenderlos clave para el desarrollo autónomo de este grupo de población. Asimismo, se habla de la participación de las personas con discapacidad en las políticas que les afectan. Por este motivo, el CERMI ha denunciado que el Ministerio de y Política Social les ha dejado al margen de dos órganos fundamentales.

Suspenso en accesibilidad

Según el Informe, la accesibilidad constituye “uno de los grandes fracasos de la política española de atención a las personas con discapacidad”. Solo durante 2008 el CERMI denunció a más de 50 establecimientos de uso público por incumplir las normas de accesibilidad o por ser muchos de ellos impracticables para este sector social. Entre las denuncias se encuentran más de 25 edificios pertenecientes a la Administración General del Estado. Algunas de las acciones positivas que se proponen en el Informe son la de los prospectos de los medicamentos mediante la inclusión de los textos en una página web, el diseño de autobuses acondicionados para personas con discapacidad física o la incorporación de la accesibilidad en las páginas de Internet. En cuanto al acceso a la justicia, el movimiento asociativo lamenta que, por ejemplo, el Reglamento del Notariado califique como ‘incapaces’ a todas las personas con discapacidad, salvo cuando ésta sea física. También, existe una falta de previsión en el ejercicio de la función de jurado en los tribunales populares, escasez de recursos accesibles para personas con discapacidades sensoriales y multitud de barreras arquitectónicas en las dependencias judiciales.

La capacidad legal de los discapacitados, a debate en la ONU

02
ago
2009

Captura

Centrará el primer debate del próximo 21 de octubre, en Ginebra

El Comité de Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas dedicará el primer gran debate general que celebre, el próximo día 21 de octubre, en Ginebra, a examinar el alcance e implicaciones del artículo 12 de la ,dedicado a la capacidad de las personas con discapacidad, informa el movimiento asociativo en nota de prensa.

El objetivo de esta sesión de debate es clarificar y mejorar la aplicación del derecho reconocido en el artículo 12 del Tratado internacional, que consagra la igual capacidad jurídica de las personas con discapacidad ante la Ley.

A la reunión podrán asistir representantes de los Estados, organismos y otras agencias de Naciones Unidas, organizaciones que representen a las personas con discapacidad, expertos independientes y otras entidades.

El Comité considera esencial la correcta interpretación del artículo 12 ya que de su adecuada aplicación depende además el ejercicio de muchos de los derechos contenidos en la .

Los objetivos del debate general se abordarán a través de dos grupos de trabajo que versarán sobre los aspectos legales del derecho de igualdad ante la ley y las medidas prácticas necesarias para garantizar este derecho.

Análisis de la Ley de Dependencia

25
jul
2009

Diego Lastra Gómez, licenciado en Derecho y aquejado de una , analiza la Ley de Dependencia

¿Por qué tanta palabra?, ¿Por qué tantas frases abstractas sin un fin concreto?. Tantos proyectos, tantas organizaciones, federaciones, asociaciones, fundaciones y tantos congresos. Cuando leo u oigo hablar sobre la diversidad funcional no entiendo nada, y todo debido a esa falta de concreción. Nadie nos comunica lo que estamos esperando oír. La gran noticia sería que se nos va conceder la autonomía que nos pertenece y los medios que requerimos para conseguir esta meta.

Esa es la clave: la autonomía personal. Con ella, al igual que cualquier otro ciudadano, ejerceremos nuestros derechos humanos, siendo capaces de trabajar, estudiar, relacionarnos con la sociedad que nos rodea y dejando de seguir dependiendo física y económicamente de nuestros familiares. Ellos son nuestra vida, ya que el estado social y democrático de derecho no existe. Todo aquel que lo apoye en las urnas ha de ser bien consciente que no va a ser correspondido ante un problema grave. Puede que nuestro ordenamiento jurídico haya conseguido que unos no nos quitemos la libertad a los otros, pero, si es una discapacidad lo que merma tus oportunidades, las administraciones no se preocupan de equilibrar las desigualdades.

Hace ya un par de años que se aprobó la Ley de Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de dependencia. Desde ese momento, muchos somos los que solicitamos los derechos que nos concede y aún no hemos recibido nada. No obstante, hasta aquí no he comentado mas que el menor de los males. Descorchando botellas estaríamos si nos esperara un futuro amparado por una norma seria, correcta, moderna y civilizada.
Ley de DependenciaEn principio se intuye una buena intención de la Ley, en artículos como el 3.h): “La promoción de las condiciones precisas para que las personas en situación de dependencia puedan llevar una vida con el mayor grado de autonomía posible.”, el artículo 4.2.a): “A disfrutar de los derechos humanos y libertades fundamentales, con pleno respeto de su dignidad e intimidad.”, o el artículo 13: “La atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal, deberá orientarse a la consecución de una mejor calidad de vida y autonomía personal, en un marco de efectiva igualdad de oportunidades, de acuerdo con los siguientes objetivos:

a)Facilitar una existencia autónoma en su medio habitual, todo el tiempo que desee y sea posible.

b)Proporcionar un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social, facilitando su incorporación activa en la vida de la comunidad.”.
Sin embargo su catálogo de servicios no ofrece ninguna fórmula capaz de conseguir dichos objetivos. Efectivamente, estamos ante una ley que dice llamarse de “autonomía personal” pero contradictoriamente solo habla de residencias, centros de día, y asistencia domiciliaria. Lo cual poco o nada puede aportar para acabar con nuestra dependencia. Esta ley presupone que debemos estar encerrados entre cuatro paredes.

Está demostrado internacionalmente que la mejor solución para afrontar este problema es la asistencia personal, capaz de proporcionarnos la libertad de movimiento, capacidad de decisión, y dirección sobre nuestras vidas. Por desgracia, en nuestra nueva ley solo se contempla en el artículo 19 sin mucha importancia, y únicamente orientada hacia los estudios, el trabajo, y las actividades básicas de la vida diaria, negándonos el derecho a disfrutar de nuestro tiempo libre para ir donde queramos, quedar con quien nos apetezca, etc.

Esto quiere decir que al salir del trabajo no se nos permite tomar un café con nuestros compañeros o ir a hacer la compra, y que cuando es fin de semana no hay playa, ni cine, ni amistades, ni nada de lo que disfrutan el resto de seres humanos y que tantos se les recomienda, incluso por la O.N.U.. Y hablando de esta institución, se hace conveniente recordar que, recientemente, ha aprobado la sobre los derechos de las personas con discapacidad, la cual defiende nuestras ideas y que, inexplicablemente nuestro país ha podido ratificar.
Ley de Dependencia

Bien es cierto que en la nueva Ley de Servicios Sociales del País Vasco no se condiciona la asistencia personal a fines concretos, sin embargo mantiene El copago, otro de los escándalos sociales provocados. Según este sistema de financiación debemos de pagar una parte de nuestra asistencia con nuestro dinero, lo cual, según los miembros del foro vidaindependiente, conlleva las siguientes conclusiones:

  1. No involucra a toda la sociedad en el sistema, discriminando a la persona que vive una situación de dependencia responsabilizándola de su diferencia.
  2. Dado que el 93% de los posibles usuarios del sistema son pensionistas los que entren en el sistema, verán como su pensión media baja de 576 a 381€ al mes, lo que de hecho representa un empobrecimiento de las clases sociales más débiles.
  3. Hace que las personas que se acojan a este sistema, personas tradicionalmente discriminadas y económicamente débiles, paguen con el tercio que les corresponde para que la economía española crezca, mientras que las administraciones tendrán un gasto final de 0 euros.
  4. En el mejor de los casos (suponiendo que los demás países no aumenten su inversión) pasa a España del duodécimo al octavo lugar de Europa en inversión en el sistema de promoción de la autonomía, siguiendo un 23% por debajo de la media europea.
  5. Mientras no se adopten las medidas necesarias para poner a España al nivel europeo medio de gasto social público en la promoción de la autonomía resultará imposible afrontar este sistema con garantías de éxito.

Por último, resulta ofensivo que la decisión sobre qué tipo de prestación aplicar en cada caso esté en manos de los profesionales, habiendo escuchado al interesado (Artículo 29), cuando debería de ser al contrario. Siempre prevaleciendo la del usuario para diseñar su Programa Individual de Atención. Esta insostenible situación, ocasionadora de episodios realmente mucho mas dramáticos de lo que la pública piensa, sin duda originará una respuesta drástica y contundente por parte del colectivo social al que pertenezco, puesto que éste, gravemente decepcionado, seguirá careciendo de su dignidad.

En mi caso -valga de ejemplo, extrapolable a cientos de miles de ciudadanos- seguiré dependiendo de mis padres, puesto que cuando este sistema entre en funcionamiento únicamente seré autónomo durante cuatro horas al día. Me gustaría que, a los que han redactado y aprobado este conjunto de barbaridades, alguien les propusiera disponer del mismo tiempo para sus equipos de seguridad, porque según ellos con 4 horas se cubre toda una jornada. De todas formas, aunque así fuese, no les quepa duda que serían más libres que nosotros.

De todo lo anterior, es fácil deducir que el problema radica en que, en este país, aún existe una visión retrograda sobre el tema que tratamos. Esto no cambiará mientras no quede claro que no existen minusválidos, sino simplemente personas con diversidad funcional (funcionamos de forma diferente, pero funcionamos) y que tenemos las mismas inquietudes que el resto de la gente. En ese momento, los responsables de toda esta locura se concienciarán de que estamos ante un asunto en el que el aspecto económico queda en un segundo plano, dando preferencia a la dignidad humana. A partir de ahí, no nos atacarán con más palabras a discreción.

Visto en ElCorreoDigital.com

El CERMI denuncia ante el defensor el pueblo la inacesibilidad de la TDT

24
jul
2009

TDT

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha denunciado ante el Defensor del Pueblo la ausencia de condiciones de accesibilidad de la Televisión Digital Terrestre (TDT), lo que impedirá o dificultará el uso de este nuevo medio a determinadas personas con discapacidad.

El CERMI pide al Defensor del Pueblo que investigue la situación desde el punto de vista de la accesibilidad universal de la TDT y que exija al Ministerio de Industria que garantice, tal como consagra la legislación vigente, el acceso de las personas con discapacidad.

En su denuncia, el CERMI señala que la ausencia de accesibilidad de la TDT vulnera los mandatos de la de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, por una parte, y la propia normativa española, que prevé expresamente que los nuevos medios de comunicación han de ser universalmente accesibles desde el inicio y que las Administraciones han de asegurar estas condiciones de acceso y uso.El sector social de la discapacidad representado por el CERMI solicita al  Defensor del Pueblo que interceda a fin de que el garantice la igualdad  de oportunidades en el acceso a la información y el derecho a no ser discriminado por razón de discapacidad, de acuerdo con nuestro ordenamiento jurídico.

El Tribunal de Estrasburgo dicta la primera sentencia que contempla la Convención de discapacidad de la ONU

01
jul
2009

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado la primera sentencia que hace referencia a la Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que aprobó la ONU en diciembre de 2006

Según informó hoy en un comunicado el director de los Servicios Jurídicos del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), Miguel Ángel Cabra de Luna, se trata de una sentencia del mes de abril, que resuelve el caso de un ciudadano sueco.

En concreto, se refiere a Sven Glor, ciudadano sueco que ejerce la profesión de camionero y que fue declarado en 1997, “a pesar de su interés”, no apto para el servicio militar por tener diabetes.

A pesar de ello, el 9 de agosto de 2001 Sven recibe la orden de pagar 477 euros, cantidad establecida para quien no realiza el servicio.

En septiembre de ese año la Administración Federal de Hacienda recomienda un examen adicional para determinar si el recurrente tenía una “gran discapacidad” es decir, el 40% de grado de minusvalía requerido para no pagar dicha sanción. Varios informes médicos señalaron que el grado de discapacidad de Sven era menor.

Ante estos hechos, el Tribunal resuelve mediante sentencia firme que ha existido violación del artículo 14 de la Europea de Derechos Humanos, y hace referencia a la de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad como marco jurídico de referencia.

El Tribunal sugiere que a las personas en las circunstancias de Sven se les deberían ofrecer formas alternativas de realizar el servicio militar que requieran menor esfuerzo físico y compatibles con sus limitaciones, o la realización de la Prestación Social Sustitutoria aunque no sean objetores de conciencia.

"Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad" ONU 2006

Más información: “Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad” ONU 2006

Entra en vigor la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

03
may
2008

A partir de ahora se hace obligatorio su cumplimiento y transposición a la legislación de los 126 países firmantes hasta ahora. España es uno de los que más prisa se ha dado en suscribirla (el octavo) y en ratificar su Protocolo (el cuarto), aunque lo ha hecho con muchas asignaturas pendientes.

El colectivo incluye en España al 9% de la población (3,5 millones), y todavía se enfrenta a numerosas barreras legales, educativas, laborales, sanitarias, de comunicación y accesibilidad y de participación.

Desde el movimiento asociativo, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi, que pone voz unitaria a más de 4.000 organizaciones) está ya trabajando en una propuesta de Proyecto de Ley de Ajuste del Ordenamiento Jurídico hispano a la .

Así lo subrayó Ana Peláez, presidenta de la Comisión de la Mujer del Cermi, durante una jornada sobre Derechos Humanos y Discapacidad en España en la que la Fundación ONCE presentó un informe de situación sobre ese tema realizado por Leonor Lidón.

Un mundo con barreras
El informe sobre derechos humanos y discapacidad repasa las múltiples barreras que sufre el colectivo. Éstas barreras son legales, como la incapacitación. De participación, como las limitaciones directas al derecho al voto. De comunicación, como la insuficiente accesibilidad de las páginas webs de la Administración, que no invalidan progresos como la aprobación de la lengua de signos o el subtitulado televisivo. Educativas, como la presencia descendente en niveles superiores del elogiado modelo inclusivo, que reducen el 2,47 por ciento de primaria al 0,24 por ciento del bachillerato (tampoco alcanza el 1 por ciento en la Universidad, adonde sólo llegan el 2 por ciento de las personas con discapacidad). De empleo, con tasas de actividad muy inferiores al resto de la población (33 por ciento, frente a 70 por ciento) y un masivo incumplimiento empresarial (80 por ciento) de las cuotas obligatorias para su integración laboral. También son evidentes las barreras sanitarias, como la exclusión o el mayor coste de seguros privados y las dificultades para el consentimiento informado, por no hablar de los problemas que suelen plantearse ante ensayos clínicos o esterilización en caso de grave discapacidad psíquica.

Persisten las arquitectónicas
Y, por supuesto, persisten las barreras de accesibilidad, con incumplimientos de algún tipo en prácticamente el cien por cien de los edificios, en itinerarios urbanos (en uno de 500 metros, sólo 4 de 729 analizados aprobaban los criterios legales) y en el transporte.

Según la autora del mencionado estudio para la Fundación ONCE, Leonor Lidón, las razones de tanta inaccesibilidad tienen que ver con la dispersión competencial y administrativa, la falta de control, la legislación no implementada ni desarrollada e incluso la insuficiente formación de quienes ejercen la arquitectura.

La , remarcó la autora del estudio para la Fundación ONCE, Leonor Lidón, será clave para garantizar los derechos de las personas con discapacidad en España, donde se ha pasado «del modelo médico al modelo social» y se pone ya el «acento en la integración». Pero no será un camino de rosas, porque hasta la evolución terminológica desde viejos conceptos como «subnormal» o «minusválido», sigue mostrando «contradicciones, como el certificado de minusvalía». Y lo mismo pasa con la «mucha y variada normativa», con avances como la Ley de Igualdad de Oportunidades de 2003 y dudas como su cobertura limitada a quien tiene la «condición » de discapacidad.

Fuente: Manu Mediavilla | Diari de Tarragona

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